Para estudiantes extracomunitarios
Para poder permanecer legalmente en España, se necesita obtener la tarjeta de estancia por estudios (NIE). Este documento autoriza para poder permanecer en España todo el tiempo que duren tus estudios.
¿Qué tienes que hacer para obtenerla?
Antes de llegar a España, tienes que tramitar el visado de estancia por estudios en los consulados de España del país de origen o residencia legal. Tendrás que aportar la documentación que acredite que has sido aceptado en algún programa de estudios. Puedes solicitar el visado en el consulado o embajada españoles. Puedes consultar los más cercanos a tu localidad en el siguiente enlace: Ministerio de Asuntos Exteriores español.
El visado ha de ser de estudios (tipo D). Cuando llegues a España, en los 30 primeros días, tienes que ir a una comisaría de policía para tramitar la tarjeta de estancia por estudios (TIE).
Documentación requerida:
- Formulario de solicitud EX. 17 (original y 1 copia)
- Solicitud Pasaporte en vigor (original y 1 copia)
- Tasa pagada Modelo 790. Código 012.
- Visado tipo D de estudios (original y 1 copia)
- Sello de entrada en la Unión Europea o billete de avión / tarjeta de embarque (original y 1 copia)
- Carta de aceptación – matriculación del centro de estudios que especifique la duración de los estudios (original y 1 copia)
- Matrícula y recibo del pago (original y 1 copia)
- Tres fotografías de tamaño carnet en color y fondo blanco
- Certificado de empadronamiento actualizado, con no más de tres meses de vigencia (no se aceptan certificados de empadronamiento «sin domicilio fijo»)
- Acreditación de medios económicos para sufragar la estancia, como: certificado de beca, ingreso bancario u otros que poseas (original y 1 copia)
- Seguro médico y póliza (original y 1 copia)
- Certificado médico
- Certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país de origen o del país en que hayas residido durante los últimos cinco años
Es muy importante que puedas consultar todas tus dudas en el consulado o embajada, donde podrán facilitarte toda la información.
La legislación vigente permite trabajar con un visado de estudiante y permiso de estancia por estudios en España, siempre y cuando no se trate de un empleo a tiempo completo (máximo de 20 horas semanales).